Por las razón anteriormente expuestas ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de aumento de Pensión de Alimentos que incoara la Ciudadana: NIDIA BEATRIZ CHACON RODRIGUEZ en contra del Ciudadano: HECTOR LUIS QUINTERO, en beneficio de los Hermanos: QUINTERO CHACON, todos ampliamente identificados en autos.
SEGUNDO: En consecuencia el Tribunal fija un aumento de Pensión de Alimentos para los hermanos: QUINTERO CHACON, de la siguiente manera: 1.) La mensualidad de Doscientos Veinte Mil Bolívares (Bs. 220.000,oo), aumenta en Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,oo), para un total de Doscientos Setenta Mil Bolívares (Bs. 270.000,oo) mensuales; 2.) Las cuota Extraordinaria del mes de Septiembre y Diciembre de Doscientos Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 240.000,oo), se incrementan en Cincuenta M.....