El Tribunal se constituyó en el inmueble de marras, se notificó de la presencia del tribunal y de su objeto al demandado, se le concedió el derecho a la defensa y renunció al mismo. La parte actora colocó a disposición del ejecutado el transporte y la mano de obra para realizar la mudanza la cual se efectuó y el defensor de los derechos del niño y adolescente de la jurisdicción verificó la ubicación de los niños y adolescentes. Se entregó el inmueble libre de personas y cosas. Culminada la actuación del Tribunal se dio por cumplida la comisión y se acordó regresar a la sede.