este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA ADMISIÓN DE LA ACUSACIÓN FISCAL Y POR ENDE DECLARA IMPROCEDENTE LA NULIDAD DEL PROCESO solicitada por el acusado EDGARD EUGENIO CHAPARRO GONZÁLES, identificado en autos, por no existir elementos que vicien de nulidad dicha decisión conforme a lo establecido en el artículo 190 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese las boletas de notificación respectivas.