En es estado la Juez Constitucional, visto los argumentos manifestados por la partes, así como las pruebas promovidas por las partes este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andres Bellos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente
ACCION DE AMPARO CONSTITUICONAL interpuesta por la ciudadana EUNICE ANTONIA MOLINA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.205.938 contra los ciudadanos JORGE VILLAMIZAR PEREZ, NITYANANDA NAOMI MORENO DUARTE, MORAIMA JAMIR CASTILLO DE MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros° V-21.003.329, V-18.879.762 y V-9.215.236, en su orden-
. En consecuencia, ordena a los ciudadanos JORGE VILLAMIZAR PEREZ, NITYANANDA NAOMI MORENO DUARTE, MORAIMA JAMIR CASTILLO .....