Atendiendo las consideraciones anteriormente esbozadas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
ÚNICO: Declara SIN LUGAR, la revisión de medida de coerción personal (medida menos gravosa), que pesa sobre el ciudadano ÁLVARO JOSÉ RIVERO HERNÁNDEZ, (plenamente identificado en autos) y en consecuencia mantiene con todos sus efectos la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad otorgada en fecha 25 de julio de 2005.
Déjese copia debidamente certificada del presente auto, notifíquese a las partes, y líbrese boleta de traslado para notificar al imputado.