DECISIÓN
Con fundamento en las razones y argumentos antes explanados, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la penada NEIVA ACARI RAMÍREZ GONZÁLEZ, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.358.540, con residencia en el Sector Las Cruces, calle Principal El Corozo, Casa S/N; al lado de la Bodega El Mercal, Estado Táchira y en consecuencia CONCEDE el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO EN LA MODALIDAD DE AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO SIN VIGILANCIA ESPECIAL a la referida penada, de conformidad con los artículos 66, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se le impone a la penada Neiva Acari Ramírez Gonzà.....