Por todos los razonamientos antes expuestos y en virtud de las probanzas en el presente juicio, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana THAIS TIBISAY CABELLO GUARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.450.351 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 62.587 y de este domicilio, contra los ciudadanos MIRIAM MERCEDES BAUTISTA y JOSÉ DE LOS ANGELES CASTRO ARIZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-5.658.472 y V-2.894.676, respectivamente y de este domicilio, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Restituir el inmueble en las mismas condiciones en que le fue dado a la demandante al inicio de la relación arrendaticia, libre de materiales, escombros y plantas que se encu.....