...declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Medida de Protección (COLOCACIÓN FAMILIAR) a favor de la niña, Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, de un (01) año de edad, procedente del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda, en virtud que la solicitante, ciudadana Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, es parte integrante de la familia de origen, por lo tanto, se acuerda la INTEGRACIÓN de la niña, Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, con su abuela materna, ciudadana, Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, quien deberá continuar garantizando los derechos de su nieta inherentes a la salud, cuid.....