PRIMERO: Se declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN de este Tribunal Superior para conocer del presente juicio que por Cumplimiento de Contrato intentara la ciudadana MARIA AUXILIADORA PORRAA CHACÓN contra el ciudadano EDUARDO RODRIGUEZ SANGUINO.
SEGUNDO: Se ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión y de las demás actuaciones contenidas en el presente expediente a la Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, conforme al artículo 59 del Código de Procedimiento Civil para su consulta, suspendiéndose el proceso hasta que la referida Sala dicte su fallo.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.