UNICO: De cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia Interlocutoria, se ordena la notificación a la Alcaldía y Sindicatura Municipal del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, de la presente ejecución, anexándose copia certificada de la presente, para que dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su notificación, proponga la forma y oportunidad de dar cumplimiento voluntario. Líbrense Oficios.
Advierte este Tribunal que en caso de no darse cumplimiento voluntario a la condenatoria establecida, se procederá a la ejecución forzosa. Asimismo se exhorta a la Alcaldía del Municipio querellado el cumplimiento firme en las condiciones establecidas en esta orden judicial, debido a que el incumplimiento de la misma podría incurrir en desacato so pena de acarrear sanciones administrativas, disciplinarias y penales.
El Juez;
Dr. José Gregorio Morales Rincón.-
La Secretaria;
Abg. Yorley Mari.....