III
DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA RECONVENCION interpuesta por la parte demandada, ciudadano JOSÉ AMABLE MORALES, titular de la cédula de identidad N° V-7.899.716, representado por el abogado MAC FLAVIER ARELLANO CHACÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.853, contra el ciudadano RICARDO JAIMES ROSALES, titular de la cédula de identidad N° V-11.300.145.
SEGUNDO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION ejercido por el abogado MAC FLAVIER ARELLANO CHACÓN, apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano JOSÉ AMABLE MORALES contra la decisión dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circun.....