... CON LUGAR la demanda que por Enfermedad Ocupacional incoara el ciudadano EBLIS EDUARDO OLIVEROS MORENO, titular de la cedula de identidad Nº V-13.231.069, contra la Sociedad Mercantil "CONSORCIO LINEA II", en consecuencia se condena a dicho empresa a cancelar al actor la indemnización por concepto de DISCAPACIDAD TOTAL PERMANETE, de conformidad con Lo establecido en el Numeral 3° del articulo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo; y el Daño Moral.-
SEGUNDO: Se ordena la corrección monetaria del monto condenado a pagar por los conceptos condenados, pero solo desde la fecha en que se publique el fallo, hasta su ejecución, conforme al criterio sentado por la Sala de Casación social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 116, de fecha 17 de mayo de 2000.-
TERCERO: En virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida.-