´Se deja constancia que la parte actora no se hizo presente por si ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara Desistido el proceso y extinguido el proceso. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandada,
La Secretaria,
´