En este escenario procesal, sobre las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias para asegurarle a los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO PICOS DE VALERO, JHONNY ALEXANDER VALERO PICOS, JOSE YADIN VALERO PICOS, ALVARO JESUS VALERO PICOS y MARIOLYS ANDREINA VALERO PICOS, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-5.675.776, No.V-19.501.121, No.V-14.378.465, No.V-17.493.356 y No.V-17.493.355 el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus DAVID VALERO DE LA FUENTE, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No.V-5.642.152, fallecido en fecha 05 de septiembre de 2023 y estuvo residencia.....