Este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 30-08-2004, por los abogados JOSÉ MANUEL CUBILLOS y ANA CELIS RODRÍGUEZ, apoderados de los ciudadanos Angel Aquino Morales Zabala. Pedro Javier Morales Zabala e Imelda Zabala de Morales, contra la sentencia dictada el 16-07-2004, por el Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, en fecha 08 de diciembre de 2003.
SEGUNDO: SIN LUGAR la intervención de los Terceros Opositores a la medida de secuestro decretada y ejecutada en la presnete causa, ciudadanos ANGEL AQUINO MORALES ZABALA, PEDRO JAVIER MORALES ZABALA e IMELDA ZABALA DE MORALES, titulares de la cédulas de identidad Nos.14.707.436, 16.778.483 y 13.892.792, respectivamente.
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