DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio por Ruptura Prolongada de los ciudadanos JOSE DARIO BELTRAN y SONIA ZULAY CARRERO DE BELTRAN, ya identificados. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 20 de Febrero de 1993, por ante la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 37