PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por el ciudadano JOYNER GUSTAVO FEBRES CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.565.628 y con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, contra la ciudadana RAIZA BETMAR MARTINEZ SANCHEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-17.720.105 y domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; a favor de su hija ....
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.500,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Junio de 2014.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada decembrina, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000,00), adicional a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médica y medicinas.....