En razón de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSORA PÚBLICA ABOGADA ESPERANZA PEREZ, a favor de la adolescente E.Y.P.Q. (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA), en el sentido de extender las presentaciones de cada quince (15) días a cada cuarenta y cinco (45) días, manteniéndose, las restantes medidas cautelares impuestas en fecha 05 de Junio de 2024, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto.
SEGUNDO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público, a los fines que sean agregadas a la causa. Líbrese el oficio correspondiente.
TERCERO: Notifíquese a las partes.
ABG. .....