Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: se DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del demandado MIGUEL RODOLFO OMEN SUÁREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.506.773.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO OPCIÓN DE COMPRA VENTA interpuesta por el ciudadano JOSÉ CAMILO PULIDO ZAMBRANO, asistido por los abogados ALBA ROSARIO RAMÍREZ ROBLES y RAMIRO ANTONIO MACHADO MOLINA, en contra del ciudadano MIGUEL RODOLFO OMEN SUÁREZ. En consecuencia, se le ordena al ciudadano MIGUEL RODOLFO OMEN SUÁREZ, otorgar por ante la Notaria Pública respectiva el documento de venta definitivo al ciudadano JOSÉ CAMILO PULIDO ZAMBRANO, respecto al vehículo con las siguientes características: PLACA: A66AI3S, SERIAL N.I.V: C2C3CMV302526; SE.....