PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27 de noviembre de 2007, por el abogado VÍCTOR DUQUE RAMÍREZ en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada el 30 de octubre de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada el 30 de octubre de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por daños y perjuicios morales intentara MANUEL DE JESÚS ROJAS contra ARCANGEL BENICIO ROPDRÍGUEZ SÁNCHEZ.
CUARTO: Se declara SIN LUGAR la reconvención propuesta por el ciudadano ARCANGEL BENICIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ contra MANUEL DE JESÚS ROJAS.
QUINTO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a las parte.....