Práctica de la medida de ENTREGA FORZOSA que fuere decretada en fecha 14 de Octubre de 2010, por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA en el "juicio que por Arrendamiento sigue la ciudadana MARLENE BEATRIZ SALAZAR RAMÍREZ, en contra del ciudadano EDUARDO ENRÌQUE VEGA ACUÑA, del inmueble constituido por un (01) apartamento distinguido con el Nº 103, Ubicado en la décima planta del Edificio Residencias Boulevard, Urbanización los Nuevos Teques, Avenida Boulevard, Los Teques, Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda". En este estado el ciudadano VEGA ENRÍQUE, antes identificado, solicitó ser oído por el Tribunal y una vez autorizado expuso: "Le informo al tribunal que haré el retiro voluntario de los bienes muebles y enseres que se encuentra en el inmueble, los cuales trasladaré al sector de San Omero, vía Lagunetica, Los Teques, Estado Miranda. Es todo". la parte actora, solicito se designara pr.....