Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO solicitado por los ciudadanos HOOVER CARDENAS RAMÍREZ, colombiano con cedula de ciudadanía N° 13.171.049 y CARMEN ROSALBA FIGUEROA DE CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-8.987.169, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante en Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Táchira según Acta No. 69, de fecha 08 de mayo de 2015