REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO DE EJECUCIÓN
SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES
San Cristóbal, 26 de Marzo de 2.007
196º y 148º
Definitivamente Firme como ha quedado la Decisión, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, en fecha 20 de Octubre de 2006, que corre inserta a los folios 129 al 137 inclusive, sancionando con REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO y simultáneamente LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) AÑOS, al adolescente para el momento de los hechos (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de MARIBEL MOLINA.
EJECUTESE LA MEDIDA IMPUESTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adoles.....