DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
Primero: Declara sin lugar el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2024-000122, interpuesto en fecha treinta (30) de mayo del año 2024 –según sello húmedo de alguacilazgo-, por los abogados Marelvis Mejía Molina, Criselia Elena Zambrano Zambrano y Pauside Alexander Parra Reuter, quienes actúan con el carácter de Fiscal Provisorio y Fiscales Auxiliares Interinos de la Fiscalía Trigésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, respectivamente.
Segundo: Confirma la decisión dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en virtud de la celebración de la audiencia preliminar de fecha veint.....