DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Declara admisible el presente recurso de recurso de apelación signado bajo la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2025-000081/000084, contentivo de dos escritos recursivos, incoados por la Abogada Ángela Mayoly Ramírez Sánchez, en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público.
Segundo: Se acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada al décimo (10) día de despacho siguiente al de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 442 ibídem. Y así se decide.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año dos mil veinticin.....