D I S P O S I T I V O
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO SIETE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado ciudadano BELTRAN GUERRERO ISIDRO, Colombiano, natural de Gachantiva, República de Colombia, fecha de nacimiento 30-07-1952, de 52 años de edad, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en el sector Mucujepe, casa sin numero, Municipio Alberto Adriani, ( a 500 metros de la Escuela de Ceibal), El Vigía, Estado Merida; el cual encuadra en la tipificación penal de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del Estado Venezolano, por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venez.....