En vista de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCION VOLUNTARIA en los términos establecidos la Sentencia Definitiva N° 034/2016 de fecha 27 de julio de 2016, con la finalidad de dar por concluido el presente asunto. Visto esto, este Órgano Jurisdiccional ordena la intimación del Director del Colegio Universitario Monseñor de Talavera, para que de cumplimiento voluntario, concediéndole para tal fin, un lapso de diez (10) días siguientes de conformidad con el artículo ut supra mencionado, que comenzará a computarse una vez conste en autos su intimación, lapso dentro del cual deberá hacer efectiva dicha obligación, remitiéndole copia certificada de la presente decisión, y exhortándole a dar cumplimiento efectivo en las condiciones establecidas en esta orden judic.....