PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado ELMER GREGORY DIAZ RAMIREZ en fecha 10 de febrero de 2012, contra el auto dictado el 8 de febrero de 2012 por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de tasación de costas procesales propuesta por el ciudadano REMIGIO RAMIREZ ARAQUE.
TERCERO: Queda CONFIRMADA la decisión interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en fecha 8 de febrero de 2012.
CUARTO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese esta sentencia en el expediente Nº 2.652, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Ado.....