DECIDE: PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del presunto agresor JOSE ARGENIS AGUILAR AGUILAR, de nacionalidad Venezolana, Natural de La Grita, de 51 años de edad, fecha de nacimiento 11/05/1962, con cédula de identidad Nº 9.334.374, s quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NEIRIS ROSA BARRAGAN VILLADIEGO por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley que rige la materia. SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley que rige la materia, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía novena del Ministerio Público, en su oportunidad legal, conforme al artículo 94 de la Ley Especial que rige la mat.....