"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas supra-identificado, conforme al Decreto de MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO Y MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO de la Sentencia dictada por el Juzgado de la causa, y a solicitud de la Apoderada Judicial de la Parte Demandante-ejecutante, y por autoridad de la ley se ABSTIENE de practicar en este acto la Medida Preventiva de Embargo, por cuanto la parte actora llego a un arreglo amistoso con la parte demandada, y respecto a la Medida Preventiva de Secuestro decretada por el tribunal de la causa, Y visto el informe presentado en este acto por el perito Avaluador, y a solicitud de la Apoderada Judicial de la Parte Demandante-ejecutante, y por autoridad de la ley declaro LEGALMENTE SECUESTRADOS PREVENTIVAMENTE, los bienes señalados por la parte actora, y justipreciados en este acto por el Perito Avaluador designado y juramentado en este acto del numeral uno (01) hasta el trece (13), valorados por el perito designado y juramentado en este acto, .....