En mérito de las consideraciones expuestas y con fundamento de las disposiciones legales y doctrinales, transcrita supra, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado en fecha 27 de febrero de 2013, por el abogado Wolfred B. Montilla B., actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por este tribunal superior, en fecha 28 de enero de 2013