Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA por el territorio para conocer y decidir en primera instancia la presente Demanda de Contenido Patrimonial incoado por la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) con sucursal en el estado Trujillo en contra de la Constructora Inges C.A domiciliada en la Avenida Bolívar, Centro Comercial Carmar, Municipio Trujillo del estado Trujillo.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA para el conocimiento de la presente Demanda al Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo.
Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión en el copiador de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en Juzgado Superior Estad.....