Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL Y DE LA PENA ACCESORIA de DOS (02) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN impuesta al ciudadano JUAN BARRAZA MORALES, colombiano, portador de la cédula de identidad No. E.-81.914.004, soltero, latonero, residenciado en el Barrio el Río, la Playa, vía principal, casa sin No., Estado Táchira, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 y 415 del Código Penal.
Líbrense las respectivas notificaciones y oficios.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.