DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano OSBER EJAIL PARRA ANGARITA, ya identificado; y revisada como ha sido la documentación presentada considera que la PARTIDA DE NACIMIENTO, adolece del siguiente error: "en el sentido de que aparece como lugar de nacimiento ..."Clínica El Carmen de Colón", siendo lo correcto: "Clínica El Carmen, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho". Y ASÍ SE DECIDE