REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO DE EJECUCIÓN
SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES
San Cristóbal, 28 de Junio de 2.007
197º y 148º
Definitivamente Firme como ha quedado la Decisión, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, en fecha 31 de Mayo de 2007, que corre inserta a los folios 258 al 274 inclusive, sancionando con SEMI-LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO y simultáneamente REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO, al adolescente para el momento de los hechos (IDENTIDAD OMITODA DE CONFORMIDAD CON EL ART.545 DE LA LOPNA), por el delito de EXTORSIÓN, previstos en los artículos 459, del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de ROSA UZCATEGUI.
EJECUTESE LA MEDIDA IMPUESTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescen.....