declara suficientes para asegurarle a la ciudadana MARÍA ALEJANDRA HORVATH, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-15.927.028, su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en su carácter de hija de la causante ELIZHABETH HORVATH BUCHNLLER, quien falleció ab-intestato en el Centro de Salud Dr. Carlos Roa Moreno de la Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira el día 29 de enero del año 2005, según consta de acta de defunción arriba señalada. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros