DECISIÓN
Con base en los argumentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de la ciudadana ANA IRIS RAMÍREZ CASTELLANOS, Venezolana, de 24 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.438.330, profesión domestica, residenciada en la Invasión 27 de Febrero Sector 1, Los Medanos, Avenida Mariscal Sucre, Naranjales Municipio Fernández Feo, Estado Táchira, y en consecuencia CONCEDE el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la penada de autos ANA IRIS RAMÍREZ CASTELLANOS, plenamente identificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Conforme a lo previsto en el artículo 495 del Código Orgánico Procesal Penal, se e.....