´"...De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por la solicitante, en consecuencia de ello, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
Como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS ENRIQUE SILVA BELEÑO, quien era venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-23.153.039, a sus hijos los ciudadanos: YAJAIRA SILVA DELDUCA, LUIS CARLOS SILVA DELDUCA, LUZ MARINA SILVA DELDUCA, ALEIDA SILVA DELDUCA RUBY DEL CARMEN SILVA DELDUCA Y MARIA DEL ROSARIO SILVA DELDUCA, venezolanos, casado el primero de los nombrados, solteros los restantes, titulares de las cedulas de ide.....