Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTOpresentada por la ciudadanaBLANCA MARY TORRES SABALA,venezolana, mayor de edad, con partida de nacimiento N°469, asistido de la abogadaMARITZA ALIVIA JAIMES PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 214.930. En consecuencia, se ordena al Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira y al Registro Principal del estado Táchira, insertar la presente sentencia y hacer la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento dela ciudadana BLANCA MARY TORRES SABALA, la cual se encuentra asentada bajo el N°469, en el registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira de fecha 29 DE MAYO DE.....