RESUELVE:
PRIMERO: CONCEDER la GRACIA de CONVERSIÓN o CONMUTACIÓN de la PENA de PRISIÓN en CONFINAMIENTO al penado BONILLA ANGARITA VÍCTOR JULIO, de condiciones civiles y personales que constan en la providencia, pues se cumplen en forma CONCURRENTE las exigencias de que hablan los artículos 53 y 56 del Código Penal, para que en el caso presente se pueda conceder EL CONFINAMIENTO a que aspira el penado.
SEGUNDO: CONVIERTE o CONMUTA SEIS (06) MESES y TRECE (13) DÍAS, que es el resto de la pena que le falta por cumplir a BONILLA ANGARITA VÍCTOR JULIO, para completar su condena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, en CONFINAMIENTO por un tiempo igual al que resta de la pena, con el aumento de una tercera parte (1/3), quedando el tiempo de Confinamiento en OCHO (08) MESES, DIECISIETE (17) DÍAS y OCHO (08) HORAS, contados a partir de la publicación del presente auto, por lo cual el penado finalizara el mismo el día 04 de NOVIEMBRE de 2006 A LAS OCHO ANTES MERIDIANO (04-11-2006, A LAS .....