PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA FALTA presentada por la Representante del Ministerio Público en contra del contraventor YOSMAN EDUARDO CONTRERAS VIVAS de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Tariba, Estado Táchira, nacido en fecha 05 de diciembre de 1979, de 34 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.152.860, soltero, hijo de Miriam Vivas (v) y de Freddy Contreras, de profesión u oficio comerciante, teléfono: 0414-7473459 y 0276-7871469, residenciado en Ureña barrio Bonilla calle 2 N° 2-22, por la FALTA en materia de contrabando, prevista y sancionada en el articulo 23 numeral 3 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público por ser de obtención lícita, legales, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos de conformidad a lo establec.....