DECLARA:
PRIMERO: La Confesión Ficta del ciudadano OBSÁLIDES BOCHAGÁ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V- 11.018.186, domiciliado en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana NANCY ANGÉLICA POSADAS DE BOCHAGÁ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V- 14.258.868, madre y representante legal de las niñas (se omiten los nombres) y la adolescente (se omite el nombre), en contra del ciudadano OBSÁLIDES BOCHAGÁ HERNÁNDEZ, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
TERCERO: Se fija la Obligación de Manutención que el ciudadano OBSÁLIDES BOCHAGÁ HERNÁNDEZ, debe aportar a favor de sus hijas, las niñas (se omiten los nombres) y la adolescente (se omite el nombre), en la cantidad de Quinientos Bolívares Fuertes (Bs.F 500,oo) mensuales; asimismo se fija en el mes de sept.....