Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO incoada por JOSÉ ADRIAN CEGARRA GONZALEZ E HILDA CAROLINA ROJAS SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.089.825 y V-20.123.259, en contra la ciudadana YENNI CONSOLACION RIVERA DE ROJASvenezolana, mayor de edad, de estado civil Casada, Titular de la Cédula de identidad Nro. V-18.090.366, actuando en representación de los ciudadanos MANUEL RONDON SILVA Y SOR ESTELA CALLE DE RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.111.304 y v-13.186.653 según consta en Documento de Poder Judicial o .....