Por todos los razonamientos antes expuestos y en virtud de las probanzas en el presente juicio, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos VICTOR MANUEL USECHE DELGADO y CARMEN TERESA USECHE DELGADO, venezolanos, mayores de edad, casado y soltera en su orden, titulares de las cédulas de identidad números 4.208.266 y 1.524.596 respectivamente y de este domicilio, contra el ciudadano JOSE DE JESUS BERMUDEZ VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 2.473.493 y de este domicilio, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
ÚNICO: Hacer formal entrega a la parte demandante del inmueble objeto del presente litigio consistente un apartamento ubicado en la segunda planta de la casa N° J-32, calle 16, Barrio Puent.....