A los fines de la ejecución voluntaria de la prenombrada Sentencia, éste Tribunal procede a dar inicio a la etapa procesal de Designación de Experto Contable, para el cálculo de los salarios dejados de percibir, y en consecuencia, se fije día y hora para el mencionado nombramiento, de conformidad con el articulo 455 de Código de Procedimiento Civil. Procediendo este Tribunal a designar de Oficio un (1) único Experto Contable, siempre y cuando ninguna de las partes en un lapso de tres (3) días de despacho siguiente a que conste en autos, se oponga a tal designación, para que el mismo proceda a emitir el mencionado informe pericial.
Fenecido el lapso anterior, este Órgano Jurisdiccional actuando de Oficio, le concederá al citado experto un lapso de tres (3) días de despacho siguiente, a que conste en autos su debida notificación, para que se pronuncié sobre su manifestación de aceptación al cargo y se juramente; subsidiariamente exponga las condiciones bajo las cuales se llevara a ca.....