PRIMERO: LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y de bienes de los cónyuges ciudadanos ANA YAZMILEY CHACON y HECTOR ESTIVES BALTAZAR CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.695.991 y V-25.025.049 en su orden y domiciliados en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, la cual fue decretada el día 15 de julio de 2014.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, mediante acta de matrimonio N° 47 de fecha 04 de julio de 2013, ante el Registro Civil del Municipio Libertad del estado Táchira.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.
Dada la naturaleza del presente fallo, remítanse las copias certificadas correspondientes al Registro Civil del Municipio Capacho Viejo y al Registro Principal ambos del Estado Táchira, a los fines de que se estampe la correspondiente nota marginal.