Por todos los razonamientos anteriormente expuestos de hecho y de derecho, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por la parte demandante ciudadano: LARRY YOVANNY GALEANO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-16.952.927; asistido del ABG. CARLOS ALBERTO DEPABLOS VILLARROEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.246.
Regístrese, publíquese y expídase copia certificada de la presente decisión y el desglose de los documentos que rielan a los folios N° 13 al 19, del 21 al 25, del 28 al 30, del 32 al 40 y finalmente los folios 42 y 43 de la pretensión, dejándose en su lugar copias certificadas para ser entregadas a la parte interesada, déjese copia certificada de la misma para el .....