PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el abogado GERSON ALEXANDER NIÑO, con el carácter de Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en la causa Nº 1-Aa-3166/2007, relacionada con la apelación interpuesta por el ciudadano VICTOR MANUEL GOMEZ RAMIREZ, asistido por los abogados Giulio Homero Vivas García e Israel Chacón.
SEGUNDO: Se acuerda OFICIAR a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, a fin de que gestione ante la honorable Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, la tramitación de un Juez Accidental que integre la Sala, conozca el fondo del asunto y se dicte la decisión correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.