En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento; En consecuencia el Acta de nacimiento No.252 de fecha 26 de marzo de 1969, asentada originalmente en los libros de Registro Civil del Municipio San Sebastian, Distrito San Cristóbal, estado Táchira, actualmente Registro Civil, Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; perteneciente a "NILSA XIOMARA VILLAMIZAR BECERRA"; queda rectificada en el sentido que el nombre correcto de su padre es ALVARO VILLAMIZAR BOCHAGA, Y NO como erróneamente aparece en dicha acta es decir, ALVARO ANTONIO VILLAMIZAR BOCHAGA; Líbrense oficios respectivos anexándose copia certificada de la presente se.....