El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el co-demandado, ciudadano Carlos Enrique López, a través de su apoderada mediante escrito presentado en fecha "18/12/2024", contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial el día "20/11/2024".
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el veinte (20) de noviembre de 2024.
TERCERO: SE DECLARA LA CADUCIDAD de la acción de retracto legal ejercida por la parte demandante.
CUARTO: SE CONDENA en costas a la parte demandante conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así RE.....